Apuntes sobre la politización de la justicia constitucional: Implicaciones en la democracia y el Estado de Derecho (1/3)

Autor: Oswald Lara Borges

Justicia, Estado, Democracia, Constitución.
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La democracia goza de una aceptación casi global, pero presenta una serie de problemas a la hora de ponerla en funcionamiento. A pesar de ello, cada vez son más los países que se adhieren a las olas democratizadoras. Para Morlino (2009) la democratización “ha sido el conjunto de los acontecimientos políticos de mayor relevancia en las últimas décadas”.

Más allá del debate teórico respecto a los principales retos que enfrenta la democracia, es conveniente destacar algunos aspectos importantes relacionados con el papel de los jueces, su relación con los políticos y sus implicaciones para la calidad democrática de un sistema político.

Si se asume la definición mínima de democracia, para que un régimen político sea considerado como democrático debe reunir, al menos, las características siguientes: sufragio universal; elecciones libres, competitivas, regulares y limpias; más de un partido político y fuentes de información diversas y alternativas (Morlino 2009: 184), así como una estructura institucional estable que haga posible la libertad e igualdad de los ciudadanos mediante el funcionamiento adecuado de sus instituciones (Morlino, 2007: 5).

Ante la relevancia que juegan las elecciones en las democracias, resulta imprescindible que los países cuenten con instituciones, instrumentos y mecanismos que generen confianza y doten de seguridad y certeza jurídicas a sus procesos electorales. Así, las instituciones electorales encargadas de llevar a cabo la organización, ejecución y sanción de las elecciones deben gozar de independencia y autonomía y actuar con absoluta imparcialidad. Para ello, se requiere que sean designados como integrantes de esas instituciones no sólo los ciudadanos que cuenten con altos méritos académicos y profesionales, sino aquellos que además tengan probada capacidad de ser actores imparciales. Consecuentemente, la responsabilidad de seleccionar a los titulares de las instituciones electorales constituye un aspecto clave para la calidad democrática de un sistema político.

El prolongado debate que se ha suscitado con motivo de la relación existente entre el poder político y el poder judicial, es sin duda fiel reflejo de la enorme complejidad que implica su abordaje. El estudio sobre la relación entre estos poderes puede efectuarse desde diferentes puntos de vista (Taruffo, 2005: 9). Sin embargo, son dos los temas que tanta polémica han generado y, por ende, llaman fuertemente la atención: la judicialización de la política y la politización de la justicia.

Escapa al objeto de este artículo detallar el recorrido histórico sobre el vasto e interesante debate producido, desde diversas disciplinas, en torno a la judicialización de la política y la politización de la justicia. En cambio, sí resulta indispensable precisar, para los fines perseguidos en este artículo, qué debe entenderse cuando se alude a uno u otro tópico.

La judicialización de política se entiende como el producto de la nueva distribución de competencias entre los distintos órganos del gobierno, a través de la cual se ampliaron las facultades del poder judicial para conocer y resolver, además de los asuntos que tradicionalmente le han correspondido, sobre determinadas cuestiones que antes se encontraban exclusivamente reservados, para su decisión, a los órganos de naturaleza política. Esta función le ha sido conferida especialmente a los Tribunales Constitucionales u órganos judiciales que, sin alcanzar esa nomenclatura, ejercen funciones equivalentes de control constitucional y de control de la actividad política.

La politización de la justicia se entiende como las acciones desplegadas por los distintos actores (políticos, judiciales, económicos, sociales, medios de comunicación, grupos de interés, etc.) en su afán por controlar estratégicamente a los altos órganos jurisdiccionales, a fin de resguardar sus intereses cuando se encuentren en el centro de una disputa o conflicto judicial, eliminar o neutralizar a los adversarios políticos o generar contrapesos extralegales en sus relaciones con el poder político [1].

El debate entre la judicialización de la política y la politización de la justicia se sitúa entre los que, por un lado, indican que los órganos jurisdiccionales que ejercen funciones de control constitucional y control de la actividad política, son garantía de moderación y prudencia frente a los excesos de la política, convirtiéndose en un espacio de reserva de racionalidad necesaria y los que, por otro lado, cuestionan que la última palabra, sobre asuntos políticos de gran importancia, la tengan funcionarios no electos directamente por los ciudadanos como son los jueces, máxime cuando el poder judicial no siempre ha sido garantía de imparcialidad y vigencia del Estado de derecho (Ansolabehere, 2005).

(Continuará...)

 

Nota a pie de página: [1] A medida que los países crean instituciones para controlar la actividad política en sus distintas dimensiones, el intento por ejercer control político se desplazado estratégicamente hacia esas nuevas sedes.

 

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